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Estrena México la “Ley Silla”: derecho a descansar en jornadas de pie

A partir del 17 de junio, empleadores deberán ofrecer asiento a trabajadores de pie, con sanciones de hasta 2,500 UMA por incumplimiento.

México

17 de junio de 2025

Manuel Jasso

El 17 de junio de 2025 marca el inicio de la llamada Ley Silla, una reforma a la Ley Federal del Trabajo que busca proteger la salud de quienes laboran de pie durante prolongadas jornadas. Aprobada por unanimidad en el Senado en 2024 y publicada en el Diario Oficial de la Federación, esta normativa garantiza el derecho al descanso sentado siempre que la actividad lo permita.


¿En qué consiste la Ley Silla?

La reforma modifica los artículos 132, 133, 422 y 423 de la LFT para obligar a las empresas a:

  • Proporcionar a su personal un asiento adecuado.

  • Permitir el uso de la silla en lapsos sin tareas activas, más allá de las pausas convencionales para comer.

  • Prevenir afecciones como várices, problemas circulatorios, fatiga y lesiones articulares derivadas de permanecer de pie sin descanso.


¿Cuánto tiempo de reposo corresponde?

Aunque la Ley Silla no impone un número fijo de minutos, especialistas recomiendan una pausa de al menos cinco minutos cada hora en jornadas de más de seis horas. Estos descansos intermitentes ayudan a reducir el riesgo de dolencias musculares y articulares.


Áreas y empresas obligadas

La medida es de aplicación nacional y obliga a todos los patrones del sector privado, con énfasis en:

  • Supermercados y tiendas de autoservicio

  • Tiendas departamentales y de conveniencia

  • Farmacias y grandes cadenas de comida rápida

  • Centros comerciales

  • Call centers y servicios de atención al cliente presenciales

  • Cualquier espacio donde el trabajo se realice mayoritariamente de pie y existan lapsos inactivos


Sanciones por incumplimiento

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y las Juntas de Conciliación pueden recibir denuncias e inspeccionar centros de trabajo. Las multas oscilan entre 250 y 2,500 veces la UMA, e incluso se prevé la suspensión de actividades en casos de reincidencia. Los trabajadores pueden presentar quejas de forma anónima a través del portal de la STPS o ante la PROFEDET.

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