SCJN ordena a la UNAM devolver pago por curso de inglés exigido para titulación
La Corte determinó que la gratuidad de la educación superior también debe cubrir los requisitos indispensables para obtener un título profesional.

Ciudad de México
4 de marzo de 2026
Redacción
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) debe devolver el dinero que un alumno pagó por un curso de inglés requerido para poder titularse, al considerar que este tipo de requisitos forma parte de los elementos esenciales de la educación superior y, por lo tanto, deben ser gratuitos.
La decisión fue tomada por el pleno del máximo tribunal con una mayoría de siete votos durante la sesión del martes, al aprobar el proyecto presentado por el presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz.
El caso surgió a partir de un estudiante de la Facultad de Derecho de la UNAM, inscrito en la modalidad de Universidad Abierta, quien promovió un juicio de amparo después de pagar un curso de inglés que le fue indicado como requisito para acreditar la comprensión de lectura en un idioma extranjero, condición necesaria para obtener su título profesional.
El estudiante argumentó que al tener que cubrir el costo del curso se vulneraba su derecho a la educación gratuita, principio reconocido en la Constitución mexicana. Según explicó, cuando inició el trámite de titulación la única alternativa que le ofreció la Facultad fue tomar un curso en la Coordinación de Idiomas de la propia institución, el cual tenía un costo.
En una primera instancia, un juez de Distrito negó el amparo al considerar que el derecho del alumno no había sido afectado, ya que existían otras opciones gratuitas para acreditar el idioma y el curso pagado no representaba la única vía disponible.
Sin embargo, el caso llegó posteriormente a la Suprema Corte mediante un recurso de revisión. Tras analizarlo, los ministros concluyeron que el derecho a la educación gratuita en el nivel superior debe incluir aquellos elementos indispensables para acreditar una licenciatura y obtener el título correspondiente.
De acuerdo con la resolución, la acreditación de comprensión de lectura en un idioma extranjero o en una lengua indígena es un requisito directamente relacionado con el proceso de titulación, por lo que su cumplimiento no puede implicar una carga económica para el estudiantado.
El pleno también señaló que, aunque las instituciones educativas puedan enfrentar limitaciones presupuestales, esto no justifica trasladar esos costos a los alumnos cuando se trata de requisitos esenciales para completar sus estudios.
Por ello, la Corte concedió el amparo al estudiante y ordenó a las autoridades correspondientes devolver el monto que pagó por el curso de inglés. Asimismo, determinó que deben respetarse los efectos académicos del mismo, lo que implica que, si el alumno cumplió con los requisitos del curso, se le debe reconocer la acreditación del idioma para continuar con su proceso de titulación como abogado.
La resolución establece un precedente relevante sobre el alcance del principio de gratuidad en la educación superior pública en México, especialmente en lo relacionado con los requisitos necesarios para concluir los estudios universitarios.

